LA LIBERTAD DE KEIKO NO ES UNA ABSOLUCIÓN
El fallo del Tribunal Constitucional obliga al Ministerio Público a acelerar su acusación
Como la confesión de Dionisio Romero puede meter en un problema más serio a Keiko Fujimori
El día lunes pasado, para sorpresa de todos, el Tribunal Constitucional votó 4 a 3 a favor de la liberación de Keiko Fujimori de su prisión preventiva. La reacción fue inmediata. Muchos colectivos, incluido este, salieron a las calles a protestar inmediatamente por tal medida. A primera vista, pareciera una reiteración de los pactos de impunidad que han caracterizado la política peruana los últimos años.
Pero vamos a desmenuzar un poco el tema.
Todo lo que ha perdido Keiko Fujimori
En términos políticos, la señora Fujimori que va a salir de prisión no es la misma que aquella poderosa política que ingresó a la cárcel en octubre del año pasado. Durante todo este año, su partido se ha ido deteriorando al carecer de su marcada dirección vertical y comenzó a mostrar la erosión en su liderazgo, lo que se tradujo en diversas líneas. No de otra manera se puede explicar, por ejemplo, que mientras el congresista Galarreta gestionaba el adelanto de elecciones con el primer ministro Salvador del Solar durante las últimas semanas de setiembre, por otro lado, la congresista Bartra mandaba al archivo este proyecto de ley. Esta suerte de esquizofrenia en el manejo de la coyuntura llevó finalmente a la disolución del congreso y al ostracismo de Rosa Bartra en Solidaridad Nacional.
La libertad de Keiko que se quería garantizar con una elección “a la prepo” de nuevos miembros del Tribunal Constitucional y que motivó la disolución del congreso, terminó siendo una maniobra absurda y costosa. Sin la actitud agresiva y tramposa de sus congresistas, igualmente habría podido obtener la ansiada libertad que consiguió el lunes. Por lo que sale de prisión habiendo perdido no solo un año de su vida, sino la valiosa mayoría del legislativo en el bolsillo. Esa tremenda falta de perspectiva y manejo político la ha llevado a perder una gran cuota de poder, y ello muestra su pésimo control en situaciones de presión, lo cual no puede responsabilizar a las acciones de sus adversarios. Ella sola perdió soga y cabra.
Dos escenarios posibles
La libertad de Keiko nos plantea dos preocupaciones:
1) que mantenga su actitud obstruccionista a la justicia, y
2) que su libertad impulse las candidaturas congresales del 2020.
Sobre lo primero, nos parece una preocupación legítima y la razón principal por la cual se la debió mantener en prisión preventiva. Hemos visto que la actitud del fujimorismo no ha cambiado cuando ha sido descubierto en actitudes de encubrimiento como la quema de documentos, el pitufeo de dinero de aportantes que van desde Oderbrecht a Credicorp (que ha sido acreditado por el ministerio público), el amedrentamiento de testigos, las prebendas a jueces y fiscales, entre otras cosas. ¿Por qué deberíamos creer que esa actitud va a cambiar? El juez constitucional Carlos Ramos ha argumentado que al perder el poder legislativo ya no tiene la principal herramienta de obstrucción a la justicia con la que contaba la acusada. Lo que el tribuno no ha considerado en su fallo es que el congreso NO ES LA ÚNICA herramienta que ha tenido (y tiene) para torcer la actividad probatoria. Por otra parte, la afirmación del juez es un reconocimiento desde el TC de la actitud perniciosa que ha tenido la mayoría fujimorista, al punto de perjudicar a su líder.
Sobre lo segundo, no creemos que marque una gran diferencia en las tendencias electorales. Quizá pueda haber un hipo en estos días, pero la actitud general no va a ser muy distinta a la que ha existido durante este año en el que no se ha visto un respaldo masivo de parte del electorado fujimorista a su líder. Todo lo contrario, sus manifestaciones han sido muy reducidas y de poco alcance. Sin la caja de resonancia parlamentaria es muy poco lo que se puede conseguir, aparte que sus acciones van a estar mas limitadas por el proceso que se le sigue y que cualquier traspiés la puede llevar de vuelta a prisión de manera inmediata. Sin tapers, sin fondos y con un radio de acción recortada no se puede hacer mucho.
Pero eso no quiere decir que mantengamos la guardia baja. El fujimorismo aún no ha sido derrotado en su totalidad porque es una actitud que prende fácilmente ya que apela a las emociones básicas con mucha destreza. En ese sentido el Ministerio Público debe de acelerar la acusación por lavado de activos a Keiko Fujimori y que la justicia comience, por fin, a procesarla.
La confesión fatal: Dionisio Romero
Cada vez mas va tomando forma las implicaciones legales que acarrearían los 3’650,000 dólares donados por Dionisio Romero Paoletti a la campaña de Keiko Fujimori el 2011. Para comenzar, el delito de evasión tributaria ya que para una donación de esa magnitud se debió haber registrado en un documento escrito la misma. El Código Civil lo determina de esa manera en su artículo 1623: “La donación de bienes muebles puede hacerse verbalmente, cuando su valor no exceda del 25% de la Unidad Impositiva Tributaria, vigente al momento en que se celebre el contrato” Es obvio que los millones de dólares exceden a una cuarta parte de una UIT. Pero la cosa empeora con el artículo 1624: “Si el valor de los bienes muebles excede el límite fijado en el Artículo 1623º, la donación se deberá hacer por escrito de fecha cierta, bajo sanción de nulidad”. Esta última línea es fatal ante las declaraciones de Dionisio Romero y su abogado quienes han afirmado no solo la entrega de los maletines de dinero directamente a manos de la señora Fujimori, sino que estos NO FUERON REGISTRADOS en ningún documento.
Lo que abre una nueva línea de investigación fiscal totalmente independiente de la causa Lava Jato-Oderbrecht. Si el dinero no fue registrado, la donación es nula, ergo, afecta a impuestos como todas las donaciones que exceden el 25% de la UIT. Las penas van de 8 a 12 años, es decir, el delito no ha prescrito. Desde el momento en que Keiko Fujimori recibió directamente los maletines con dinero (según testimonio de Romero) ella -y no necesariamente su partido- estaría inmersa en ese delito.
Finalmente, si Keiko practica la costumbre de nuestros políticos de “quedarse con el vuelto” (no nos queda duda que ha sido así) y hacerse de esa renta no declarada para aumentar su patrimonio e invertirlo en terceros, ello configuraría un nuevo delito: lavado de activos (20 años), ya que el delito fuente provendría de la evasión fiscal, siendo esto mucho más fácil de probar que lo que se le imputa por Oderbrecht.
En resumen, Keiko podrá salir libre. Pero sus procesos, en vez de haber concluido, se están complicando cada vez más. Y ya le quedan pocos operadores que puedan protegerla desde el estado con el congreso disuelto. Podrá estar fuera de la cárcel, pero no está absuelta. Los indicios de corrupción le siguen pisando los talones.